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IRPF / Fiscalidad

Declaración de la Renta: guía completa para España

Todo sobre la declaración del IRPF: quién está obligado, fechas clave, cómo presentarla online, deducciones que no debes perder y cómo conseguir la máxima devolución.

Declaración de la renta en Madrid

¿Qué es la Declaración de la Renta?

El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es el impuesto más importante para los ciudadanos españoles.

La Declaración de la Renta es el documento anual que presentas a la Agencia Tributaria (Hacienda) informando de todos tus ingresos del año anterior y calculando si debes pagar o tienes derecho a devolución.

A lo largo del año, tu empresa ya ha ido reteniendo parte de tu sueldo en concepto de IRPF y lo ha ingresado a Hacienda. La declaración es el ajuste final: si retuvieron más de lo que debías pagar, te devuelven; si retuvieron menos, pagas la diferencia.

IRPF vs declaración de la renta

El IRPF es el impuesto. La "declaración de la renta" es el formulario (Modelo 100) que presentas anualmente para liquidar ese impuesto. Coloquialmente, "hacer la renta" se refiere a presentar este formulario.

El IRPF es un impuesto progresivo: cuanto más ganas, mayor porcentaje pagas. Pero solo pagas el porcentaje mayor sobre el tramo que supera cada umbral, no sobre toda la renta.

Tramos del IRPF 2025 (tramos estatales)

Base liquidableTipo estatal
Hasta 12.450 €9,5%
12.451 - 20.200 €12%
20.201 - 35.200 €15%
35.201 - 60.000 €18,5%
60.001 - 300.000 €22,5%
Más de 300.000 €24,5%

* A los tipos estatales se añaden los tipos autonómicos. El tipo efectivo total varía según la CC.AA. de residencia.

¿Quién está obligado a declarar?

No todos los ciudadanos tienen obligación de presentar la declaración. Estos son los umbrales para 2025 (rentas 2024).

Tienes que declarar si...

Un solo pagador

Tienes ingresos de trabajo superiores a 22.000€ brutos anuales de un solo pagador.

Varios pagadores

Tienes dos o más pagadores y la suma de los ingresos del segundo y sucesivos supera 1.500€, y el total supera 12.000€.

Rentas del capital y actividades

Rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales sujetas a retención superiores a 1.600€.

Autónomos (actividades económicas)

Si eres autónomo con rendimientos de actividades económicas superiores a 1.000€ brutos anuales.

¿Y si no estoy obligado pero me conviene?

Aunque no estés obligado, puede ser muy conveniente presentar la declaración si tienes deducciones que te generan devolución.

  • Si tienes derecho a deducción por maternidad/paternidad
  • Si tienes rentas de trabajo inferiores a 12.000€ de varios pagadores
  • Si tienes deducciones autonómicas relevantes
  • Si has comprado vivienda habitual antes de 2013 (deducción transitoria)
  • Si has hecho aportaciones a plan de pensiones
  • Si has tenido pérdidas patrimoniales que quieres compensar

Presentar aunque no estés obligado

Puedes presentar la declaración voluntariamente aunque no estés obligado. Si el resultado es "a devolver", Hacienda te pagará la devolución. Si es "a pagar" y no estás obligado, no tienes que presentarla.

Fechas y plazos clave de la campaña de la Renta

Marca estas fechas en tu calendario para no perder ningún plazo importante de la campaña anual.

1 Abril
Inicio campaña online
Borrador disponible en Renta Web
7 Mayo
Inicio atención telefónica
(Hacienda llama a los contribuyentes)
2 Junio
Inicio atención presencial
en oficinas de la AEAT
27 Junio
Límite para declaraciones
"a ingresar" con domiciliación bancaria
30 Junio
Fin de la campaña
Fecha límite general
Antes del 30/6
Fraccionar el pago en dos
cuotas sin intereses

Consecuencias de presentar fuera de plazo

Si presentas la declaración fuera de plazo voluntariamente: recargo del 1% por cada mes de retraso (hasta 15%), más intereses de demora. Si Hacienda te requiere primero: multa entre el 50-150% más intereses. Nunca merece la pena retrasar.

Guía paso a paso para hacer la Renta online

Cómo presentar tu declaración desde Renta Web de la Agencia Tributaria.

1

Accede a Renta Web (sede.agenciatributaria.gob.es)

Entra en la Sede Electrónica de la AEAT. Necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. El sistema de Cl@ve PIN es el más accesible para la mayoría.

2

Obtén el número de referencia o Cl@ve PIN

Para acceder con número de referencia necesitas el importe de la casilla 505 de la renta anterior (o el IBAN de tu cuenta bancaria si es la primera vez).

3

Consulta y modifica el borrador

Hacienda te proporciona un borrador prerellenado con los datos que ya conoce (nóminas, retenciones, rendimientos del capital). Revísalo cuidadosamente: pueden faltar datos o estar incorrectos.

4

Añade los datos que faltan

Deducciones por inversión en vivienda, aportaciones a planes de pensiones, donativos, gastos deducibles, rendimientos no informados... Muchas deducciones no aparecen automáticamente.

5

Revisa el resultado: ¿a pagar o a devolver?

El sistema calcula automáticamente el resultado. Si es "a devolver" (resultado negativo), Hacienda te ingresará el importe en tu cuenta. Si es "a pagar", deberás abonar el importe.

6

Presenta la declaración

Confirma y presenta. Si es "a pagar" puedes domiciliar el cargo (se carga el 30 de junio) o fraccionar en dos pagos sin intereses (60% ahora y 40% en noviembre).

7

Guarda el justificante de presentación

Descarga y guarda el PDF del justificante de presentación (localizador). Hacienda puede revisarte hasta 4 años después de la presentación.

Deducciones y créditos fiscales

Las principales deducciones que pueden reducir significativamente tu factura fiscal o aumentar tu devolución.

Deducciones estatales principales

Plan de Pensiones

Deducción de hasta 1.500€/año en la base imponible. Reduce directamente tus impuestos según tu tipo marginal. Si tributa al 30%, cada 1.000€ aportados te ahorra 300€ en impuestos.

Deducción por maternidad/paternidad

Hasta 1.200€ anuales por hijo menor de 3 años si la madre trabaja. También hay deducciones por familia numerosa y discapacidad.

Deducciones por vivienda habitual (transitoria)

Solo para quienes compraron antes del 1 de enero de 2013. Deducción del 15% de las cantidades invertidas, con base máxima de 9.040€ anuales.

Donativos a ONGs y entidades benéficas

Deducción del 80% para los primeros 150€ y del 40% para el exceso (donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002).

Deducciones autonómicas (ejemplos)

Tipo de deducciónDisponible en
Alquiler vivienda habitualLa mayoría de CC.AA.
Gastos de guarderíaMadrid, Cataluña, etc.
Adquisición de libros de textoValencia, Murcia, etc.
Por nacimiento o adopciónMuchas CC.AA.
Inversión en empresa de nueva creaciónMadrid, Cataluña, etc.
Obras de eficiencia energética en viviendaEstatal + varias CC.AA.
Gastos en idiomas y formaciónVarias CC.AA.

No aceptes el borrador sin revisar

El borrador de Hacienda no incluye automáticamente todas tus deducciones. Muchos contribuyentes pagan más de lo necesario por aceptar el borrador sin revisarlo. Siempre vale la pena dedicar 30 minutos a repasarlo.

Errores comunes al hacer la declaración

Estos son los fallos más frecuentes que cometen los contribuyentes españoles y cómo evitarlos.

Aceptar el borrador sin revisar

El error más común. El borrador puede no incluir deducciones autonómicas, planes de pensiones, deducciones por alquiler o inversiones no comunicadas a la AEAT.

No declarar cuentas extranjeras

Si tienes más de 50.000€ en cuentas o activos en el extranjero, debes presentar el Modelo 720. El incumplimiento conlleva sanciones muy elevadas.

Olvidar declarar el alquiler

Los ingresos por alquiler son rendimientos del capital inmobiliario obligatorios de declarar. Hacienda cruza datos con el Catastro y detecta propiedades alquiladas.

Marcar la casilla errónea en vivienda

Confundir vivienda habitual con segunda residencia tiene implicaciones fiscales importantes. La vivienda habitual tiene exenciones que la segunda no tiene.

No declarar ventas de acciones/fondos

Las ganancias y pérdidas en bolsa son obligatorias de declarar. Las pérdidas pueden compensarse con ganancias del mismo o de los 4 años siguientes.

Aplicar deducciones sin requisitos

Aplicar deducciones sin cumplir los requisitos legales es una infracción. En caso de inspección, además de perder la deducción, pagarás recargos e intereses.

Deducciones fiscales y pensiones en Andalucía

¿Qué ocurre tras presentar la declaración?

Una vez presentada la declaración, Hacienda la procesa y determina el resultado final.

  • Si sale "a devolver": recibirás el ingreso en 6 meses desde la presentación (generalmente en 1-3 meses si presentas en abril)
  • Si sale "a pagar": puedes domiciliar el pago o fraccionar en dos cuotas
  • Comprobación limitada: Hacienda puede requerir documentos adicionales en los 4 años siguientes
  • Inspección: posible en casos de anomalías o sectores de riesgo
  • Guarda todos los documentos justificativos durante 4 años
  • Si detectas un error, puedes presentar declaración complementaria o rectificativa