Todo sobre la declaración del IRPF: quién está obligado, fechas clave, cómo presentarla online, deducciones que no debes perder y cómo conseguir la máxima devolución.
El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es el impuesto más importante para los ciudadanos españoles.
La Declaración de la Renta es el documento anual que presentas a la Agencia Tributaria (Hacienda) informando de todos tus ingresos del año anterior y calculando si debes pagar o tienes derecho a devolución.
A lo largo del año, tu empresa ya ha ido reteniendo parte de tu sueldo en concepto de IRPF y lo ha ingresado a Hacienda. La declaración es el ajuste final: si retuvieron más de lo que debías pagar, te devuelven; si retuvieron menos, pagas la diferencia.
El IRPF es el impuesto. La "declaración de la renta" es el formulario (Modelo 100) que presentas anualmente para liquidar ese impuesto. Coloquialmente, "hacer la renta" se refiere a presentar este formulario.
El IRPF es un impuesto progresivo: cuanto más ganas, mayor porcentaje pagas. Pero solo pagas el porcentaje mayor sobre el tramo que supera cada umbral, no sobre toda la renta.
| Base liquidable | Tipo estatal |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 9,5% |
| 12.451 - 20.200 € | 12% |
| 20.201 - 35.200 € | 15% |
| 35.201 - 60.000 € | 18,5% |
| 60.001 - 300.000 € | 22,5% |
| Más de 300.000 € | 24,5% |
* A los tipos estatales se añaden los tipos autonómicos. El tipo efectivo total varía según la CC.AA. de residencia.
No todos los ciudadanos tienen obligación de presentar la declaración. Estos son los umbrales para 2025 (rentas 2024).
Tienes ingresos de trabajo superiores a 22.000€ brutos anuales de un solo pagador.
Tienes dos o más pagadores y la suma de los ingresos del segundo y sucesivos supera 1.500€, y el total supera 12.000€.
Rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales sujetas a retención superiores a 1.600€.
Si eres autónomo con rendimientos de actividades económicas superiores a 1.000€ brutos anuales.
Aunque no estés obligado, puede ser muy conveniente presentar la declaración si tienes deducciones que te generan devolución.
Puedes presentar la declaración voluntariamente aunque no estés obligado. Si el resultado es "a devolver", Hacienda te pagará la devolución. Si es "a pagar" y no estás obligado, no tienes que presentarla.
Marca estas fechas en tu calendario para no perder ningún plazo importante de la campaña anual.
Si presentas la declaración fuera de plazo voluntariamente: recargo del 1% por cada mes de retraso (hasta 15%), más intereses de demora. Si Hacienda te requiere primero: multa entre el 50-150% más intereses. Nunca merece la pena retrasar.
Cómo presentar tu declaración desde Renta Web de la Agencia Tributaria.
Entra en la Sede Electrónica de la AEAT. Necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. El sistema de Cl@ve PIN es el más accesible para la mayoría.
Para acceder con número de referencia necesitas el importe de la casilla 505 de la renta anterior (o el IBAN de tu cuenta bancaria si es la primera vez).
Hacienda te proporciona un borrador prerellenado con los datos que ya conoce (nóminas, retenciones, rendimientos del capital). Revísalo cuidadosamente: pueden faltar datos o estar incorrectos.
Deducciones por inversión en vivienda, aportaciones a planes de pensiones, donativos, gastos deducibles, rendimientos no informados... Muchas deducciones no aparecen automáticamente.
El sistema calcula automáticamente el resultado. Si es "a devolver" (resultado negativo), Hacienda te ingresará el importe en tu cuenta. Si es "a pagar", deberás abonar el importe.
Confirma y presenta. Si es "a pagar" puedes domiciliar el cargo (se carga el 30 de junio) o fraccionar en dos pagos sin intereses (60% ahora y 40% en noviembre).
Descarga y guarda el PDF del justificante de presentación (localizador). Hacienda puede revisarte hasta 4 años después de la presentación.
Las principales deducciones que pueden reducir significativamente tu factura fiscal o aumentar tu devolución.
Deducción de hasta 1.500€/año en la base imponible. Reduce directamente tus impuestos según tu tipo marginal. Si tributa al 30%, cada 1.000€ aportados te ahorra 300€ en impuestos.
Hasta 1.200€ anuales por hijo menor de 3 años si la madre trabaja. También hay deducciones por familia numerosa y discapacidad.
Solo para quienes compraron antes del 1 de enero de 2013. Deducción del 15% de las cantidades invertidas, con base máxima de 9.040€ anuales.
Deducción del 80% para los primeros 150€ y del 40% para el exceso (donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002).
| Tipo de deducción | Disponible en |
|---|---|
| Alquiler vivienda habitual | La mayoría de CC.AA. |
| Gastos de guardería | Madrid, Cataluña, etc. |
| Adquisición de libros de texto | Valencia, Murcia, etc. |
| Por nacimiento o adopción | Muchas CC.AA. |
| Inversión en empresa de nueva creación | Madrid, Cataluña, etc. |
| Obras de eficiencia energética en vivienda | Estatal + varias CC.AA. |
| Gastos en idiomas y formación | Varias CC.AA. |
El borrador de Hacienda no incluye automáticamente todas tus deducciones. Muchos contribuyentes pagan más de lo necesario por aceptar el borrador sin revisarlo. Siempre vale la pena dedicar 30 minutos a repasarlo.
Estos son los fallos más frecuentes que cometen los contribuyentes españoles y cómo evitarlos.
El error más común. El borrador puede no incluir deducciones autonómicas, planes de pensiones, deducciones por alquiler o inversiones no comunicadas a la AEAT.
Si tienes más de 50.000€ en cuentas o activos en el extranjero, debes presentar el Modelo 720. El incumplimiento conlleva sanciones muy elevadas.
Los ingresos por alquiler son rendimientos del capital inmobiliario obligatorios de declarar. Hacienda cruza datos con el Catastro y detecta propiedades alquiladas.
Confundir vivienda habitual con segunda residencia tiene implicaciones fiscales importantes. La vivienda habitual tiene exenciones que la segunda no tiene.
Las ganancias y pérdidas en bolsa son obligatorias de declarar. Las pérdidas pueden compensarse con ganancias del mismo o de los 4 años siguientes.
Aplicar deducciones sin cumplir los requisitos legales es una infracción. En caso de inspección, además de perder la deducción, pagarás recargos e intereses.
Una vez presentada la declaración, Hacienda la procesa y determina el resultado final.